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Programa de recuperación del patrimonio de Medicaid de WisconsinPDF (129 KB) Recuperación a través de transferencia por medio de declaración jurada¿Qué es el proceso de transferencia por medio de declaración jurada? Este es un proceso que puede usarse para dar fin al patrimonio de una persona cuando el difunto posee menos de $20,000 en bienes de su exclusiva propiedad en Wisconsin. Es una alternativa a la utilización de un proceso ante tribunal para casos de patrimonios muy pequeños. Si se utiliza este proceso, un heredero, un tutor o el Department of Health and Family Services pueden cobrar los activos del difunto mediante la presentación de una declaración jurada ante la persona o institución que posee tales activos. Si un heredero o tutor presenta una declaración jurada ante una persona o institución, deberá enviar una copia al Departamento en caso de que el difunto haya recibido beneficios de Medicaid. Si se transfiere una porción de la propiedad inmueble a través de la utilización de una declaración jurada, es posible que el Departamento trabe un embargo sobre la propiedad. El embargo podría pagarse en el momento en que se venda la propiedad. Es posible que el Departamento no utilice el proceso de transferencia por medio de declaración jurada para la recuperación vinculada con prendas de vestir, joyas, muebles y artefactos del hogar o vehículos automotores o de recreación. ¿Cuándo puede el estado recuperar el costo de los beneficios Medicaid mediante la utilización de una declaración jurada? El estado puede recuperar el costo de los beneficios mediante la utilización de una declaración jurada si se cumple la totalidad de las siguientes condiciones:
¿De qué manera el estado recupera los beneficios de Medicaid mediante el uso de una declaración jurada? Si se cumplen las tres condiciones mencionadas anteriormente, el Departamento, generalmente dentro de un período de entre treinta y sesenta días contados desde la recepción de una copia de la declaración jurada del heredero o tutor, enviará una declaración jurada al heredero o al tutor con la presentación de la demanda del estado. Normalmente, el Departamento permite que el heredero o tutor reciban la propiedad del difunto. El heredero o tutor puede utilizar la propiedad para pagar los costos del funeral, de administración del patrimonio y aquellos relacionados con los honorarios del abogado. Si existe un remanente de la propiedad luego del pago de aquellos gastos, debe pagarse al estado. Deberán conservarse los recibos de los gastos y enviarse al Departamento. Los gastos médicos (incluidos los correspondientes a compañías de ambulancias) no deben pagarse hasta tanto sean examinados y aprobados por el personal del Estate Recovery Program. Una vez transferidos todos los fondos remanentes al Departamento, el heredero o el tutor se liberan de cualquier obligación existente con otros acreedores o herederos del difunto respecto de la propiedad transferida al heredero o al tutor mediante la utilización de la declaración jurada. |